El pasado 29 de abril, la Junta de Extremadura, publicó en su Diario Oficial (DOE) la orden por la que se establece la convocatoria de preselección de los Grupos de Acción Local (GAL), que gestionarán los fondos para las Estrategias de Desarrollo Rural Local, cofinanciados con fondos FEADER en el periodo 2023-2027.
¿Cuál es el ámbito territorial de los GAL?
Los Grupos de Acción Local pueden actuar en casi toda Extremadura. Los programas comarcales podrán aplicarse a todo el territorio de la Comunidad Autónoma, a excepción de los núcleos urbanos y el área de influencia de las ciudades de Badajoz, Cáceres y Mérida. No obstante, para estos tres términos municipales, sí se incluyen los terrenos de naturaleza rústica, así como las pedanías y entidades locales menores.
¿Qué condiciones deben cumplir las organizaciones candidatas a GAL?
a) Representación equilibrada en los órganos directivos y colegiados conforme a lo establecido en artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo.
b) Tener personalidad jurídica pública o privada y estar constituidas antes de la aprobación de la estrategia
c) Delimitar el territorio de actuación por términos municipales o partes de municipios, que integrarán un territorio definido y cumplir las condiciones de población que aseguren una masa crítica suficiente. Entre los socios deben figurar la mayoría de los Ayuntamientos del territorio afectado. Un Ayuntamiento sólo podrá ser socio de una organización candidata.
d) Comprometerse a contratar un equipo técnico con formación cualificada y experiencia en la gestión de estrategias Leader, que debe estar en funcionamiento antes de aprobar internamente la estrategia. El sistema de contratación será objetivo, con la designación de órganos encargados de la contratación del equipo técnico con representación equilibrada, entre mujeres y hombres, y la integración de la perspectiva de género en todo el proceso. De no ser así, deberá justificarse.
e) Comprometerse a elaborar una estrategia de desarrollo local participativo, basada en los recursos del territorio y cuantificada por objetivos y prioridades, contando con la participación de todas las organizaciones públicas y privadas interesadas con implantación en el territorio. La estrategia de desarrollo local comprenderá las actuaciones e inversiones previstas en el período de programación hasta 2027.
f) Comprometerse a adaptar la estrategia a los programas finalmente aprobados.
g) Comprometerse a suscribir un convenio de colaboración con la Autoridad de Gestión si la estrategia de desarrollo local es seleccionada y cumplir la normativa comunitaria y nacional aplicable al período de programación.
¿Cuántos GAL se van a preseleccionar?
Los Grupos de Acción Local preseleccionados no será superior a 24.
¿Cuáles serán los criterios de valoración?
En cuanto a la valoración de las solicitudes presentadas, se realizará considerando los parámetros de población y superficie total relacionados con las características del territorio, alcanzando la consideración de apta aquellas organizaciones candidatas que alcancen un mínimo de 50 puntos.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad competente publicará la relación de candidatos y abrirá un período público de consultas a fin de que cualquier persona alegue lo que considere conveniente.
Para más información, puedes descargare la publicación de la convocatoria y los anexos en el siguiente enlace.