í puesSEl pasado sábado, 27 de diciembre, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) hizo pública la aprobación de la renta de referencia para el año 2026. Esta determinación queda reflejada en la Orden APA/1523/2025, de 17 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta cifra es la que se tomará como base para la aplicación de los distintos mecanismos previstos en la Ley 19/1995 de Modernización de las Explotaciones Agrarias y en su normativa de desarrollo, desde el inicio del año natural 2026.
Cuantía de la renta de referencia
Tal y como se recoge en esta Ley, es tarea del MAPA realizar periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística. En su virtud, se dispone que la renta de referencia queda fijada para el año 2026 en la cuantía de 35.924,10 euros. La orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2026.
Implicaciones para el sector
La renta agraria de referencia se utiliza habitualmente para marcar el nivel económico de acceso o los tramos de prioridad para baremar la concesión de determinadas ayudas del sector, o bien para delimitar las explotaciones prioritarias. Así pues, su fijación tiene importantes implicaciones para el sector primario. Por un lado, establece el marco de referencia para la planificación económica y financiera de las explotaciones. Por otro, incide en aspectos como subvenciones, créditos y apoyos fiscales que el gobierno ofrece al sector.

