El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación destina 2 millones
de euros a programas de formación para profesionales del medio rural
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el pasado día 5 de mayo en el Boletín Oficial del Estado un extracto de la orden por la que se convocan subvenciones a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural para el año 2022, a las que va a destinar un presupuesto de 1.973.159,19 euros.
¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas?
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas por la presente norma:
a) Organizaciones profesionales agrarias, de carácter general y de ámbito estatal.
b) Organizaciones de mujeres rurales de ámbito estatal.
c) Asociaciones y organizaciones representativas de los sectores agrícolas, ganaderos o forestales, entidades privadas dedicadas a la formación con o sin ánimo de lucro, y otras entidades que generen y mantengan el empleo en el medio rural.
¿Qué requisitos deben cumplir las entidades beneficiarias?
a) Carecer de ánimo de lucro o que, aunque desarrollen actividades de carácter comercial, inviertan la totalidad de los beneficios resultantes de las mismas en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales. Sin embargo, las entidades del grupo C podrán ser con o sin ánimo de lucro.
b) Tener ámbito de actuación e implantación en todo el territorio nacional.
c) Recoger explícitamente entre sus fines estatutarios la formación y el desarrollo profesional y mejora de la cualificación.
d) No recibir del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación otras ayudas para estos mismos programas de formación.
e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las entidades solicitantes de las ayudas deberán presentar propuestas de programas de formación integrados por actividades formativas, de acuerdo con los siguientes bloques temáticos:
1. Gestión técnica de las explotaciones o empresas del medio rural.
2. Gestión económica y contable del medio rural.
3. Informática e internet aplicadas a las explotaciones o empresas del medio rural.
4. Digitalización, innovación e incorporación de nuevas tecnologías aplicadas a la producción y comercialización en las explotaciones o empresas del medio rural.
5. Agricultura y ganadería vinculadas a sellos de calidad diferenciada y producción ecológica.
6. Sistemas productivos respetuosos con el medio ambiente y el clima.
7. Gestión eficaz del agua y de la energía aplicada a las explotaciones o empresas del medio rural.
8. Manipulación, transformación y comercialización de productos vinculados a empresas del medio rural.
9. Seguridad laboral, normativa y prevención de riesgos laborales, en las explotaciones o empresas del medio rural.
10. Sanidad vegetal y animal. Manejo y bienestar animal en el transporte. Manejo de productos fito y zoosanitarios.
Los aspectos que contemplen los programas formativos dentro de cada bloque temático podrán ser desarrollados y especificados en cada convocatoria.
¿Cuáles serán los criterios de valoración?
1. La valoración se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el solicitante en la fase de admisión de solicitudes.
2. Cada una de las solicitudes se puntuará individualmente según los criterios de valoración fijados y que se adjudicarán con base en la información presentada.
3. Los criterios de valoración y su ponderación que regirán el otorgamiento de subvenciones son los indicados en anexo III, que se podrán consultar en el siguiente enlace.
4. No podrán recibir subvención los programas que no alcancen al menos 50 puntos.
¿Hasta cuándo se puede presentar las solicitudes?
Las solicitudes para acceder a estas subvenciones se podrán presentar en el plazo máximo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE, en la sede electrónica del Ministerio.